Nueva PAC 2020: todo lo que debes saber
¡Ya está aquí la nueva PAC 2020! Como cada año, antes de la campaña de solicitudes, el Gobierno ha publicado las modificaciones de los Reales Decretos que regulan la PAC. Ha sido así desde 2015, y este año no ha sido diferente.
Desde el 31 de noviembre son públicos los cambios que afectarán a la próxima campaña. La nueva PAC 2020 no presenta grandes cambios, como sí ocurrió en 2018 con las prohibiciones de aplicar fitosanitarios en las SIE y purines con abanico. Sin embargo, conviene que tengas presente las novedades de cara a la nueva campaña.
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Aprobado el Real Decreto para la nueva PAC 2020
Con el objetivo de cumplir con la normativa comunitaria y agregar mejoras técnicas, fundamentadas en la gestión del reparto de ayudas de las pasadas campañas, el Consejo de Ministros aprobó el 31 de octubre de 2019 el Real Decreto que modifica la normativa de aplicación de la PAC en España. Es decir, en qué cambian los Reales Decretos 1075/2014 y 1076/2014.
La Política Agrícola Común (PAC) es una de las políticas más importantes de la Unión Europea. Gestiona las subvenciones que se otorgan a los agricultores y ganaderos de los países miembros.
A partir de esta política común, el Gobierno de España consensúa las novedades que debe introducir en los Reales Decretos que regulan la PAC para actualizarlas. A grandes rasgos, en el caso de la nueva PAC 2020, se promueve la canalización eficaz de las ayudas y se simplifica la gestión de la normativa.
Clica en este post si quieres información actualizada de la PAC 2023.
Para despejar tus dudas sobre la solicitud de la ayuda para esta campaña de 2020, te comentamos los detalles de las principales novedades:
1. Agricultor activo: ¿Nos acercamos a la verdadera definición?
Una de las principales novedades gira en torno a la figura del agricultor activo. Con la nueva PAC 2020 se actualiza y refuerza el control sobre los titulares cuya actividad principal pertenece a un sector distinto al agrícola. Se incluye así en la llamada lista negativa aquellos solicitantes que no cumplan con la definición de Agricultor Activo. El objetivo es comprobar que los agricultores que reciben la ayuda están ejerciendo sin atisbo de duda la actividad agraria.
Esta lista negativa se introdujo con la reforma de la PAC 2013. Sirve para excluir de las ayudas a aquellos solicitantes cuya actividad principal no es la agricultura. Desde 2018, cada Estado miembro puede decidir si reduce los criterios o suspende esta lista negra.
Hasta ahora, en España, había que cumplir uno de estos tres criterios para cumplir con la definición de Agricultor Activo:
- Que el importe anual de los pagos directos sea, por lo menos, del 5% de los ingresos totales que se obtienen de actividades no agrarias en el periodo impositivo más reciente.
- Que la actividad agraria no sea insignificante, sobre la base de que sus ingresos agrarios distintos de los pagos directos sea el 20% o más de los ingresos agrarios totales en el periodo impositivo más reciente.
- Que dentro de los estatutos de las personas jurídicas o grupos de personas físicas o jurídicas figure, antes de que finalice el plazo de modificación de la solicitud, que la actividad agraria es el principal objeto social.
A partir de ahora, en la nueva PAC 2020, se reducen a uno los criterios, pasando solamente a probarse que una persona o grupo de personas son agricultores activos y que su actividad en el campo no es marginal.
En cualquier caso, muchos expertos creen que el objetivo debería ser el de equiparar la definición de agricultor activo a la de agricultor profesional. Una buena forma de determinar que un agricultor está ejerciendo la actividad agrícola, apuntan, sería exigir un mínimo de ingresos procedentes de la agricultura en relación al total de ingresos.
En este sentido, un 25% sería un porcentaje válido para determinar de una forma legal que un agricultor es profesional. De este modo, las organizaciones agrarias creen que se mejoraría considerablemente el reparto actual de ayudas.
2. Jóvenes agricultores y ganaderos
Otra modificación interesante es la relacionada con la incorporación de jóvenes y nuevos agricultores. El acceso a las ayudas para este sector va a ser mucho más flexible de cara a la nueva campaña.
También se introduce un ajuste técnico, en el ámbito de las ayudas asociadas de derechos especiales, coherente con las disposiciones generales sobre pagos directos. Así, los ganaderos que sean potencialmente merecedores de las subvenciones perderán el derecho a recibirlas si no las solicitan durante dos años consecutivos, salvo en casos de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.
3. Monitorización de las parcelas
La nueva PAC 2020 incluye otra novedad que tiene que ver con los ajustes técnicos relacionados con la incorporación de controles por monitorización a los regímenes de ayudas.
En la nueva campaña, este control se llevará a cabo mediante la observación de imágenes satelitales de las parcelas. De este modo se simplifica la gestión de la monitorización y se reducen los costes de control de las ayudas por parte de la administración, lo que repercute en un beneficio para los agricultores.
Eso sí, conviene ser muy riguroso a la hora de declarar los cultivos. Debes ajustarte a lo que realmente has sembrado en cada campo, para que la administración no encuentre ninguna incoherencia al contrastar tu información con sus controles satelitales.
Además, entre los ajustes de control, destaca la implantación de un nuevo plazo de modificación de la solicitud única. El objetivo es unificar las fechas para el cumplimiento de los requisitos en estos expedientes controlados por monitorización.
Cómo será la PAC después de 2020
Con esta nueva PAC 2020 se llega a final de la reforma de la PAC 2015-2020. El fin de ciclo obligaría a que el año siguiente entrase en vigor una nueva modificación. Sin embargo, después de las recientes elecciones europeas que obligan a cambiar la configuración del Parlamento y la Comisión, junto con el ajetreo provocado por el Brexit, todo apunta a que en 2021 se prorrogue la PAC que ya conocemos. De ser así, una nueva PAC no entraría en vigor hasta 2022 o 2023, algo que ya se preveía en la PAC 2019.
De cara a las futuras reformas, se prevé que los Estados miembros tengan un papel importante en la gestión de la PAC. Ellos decidirán cuáles son las mejores medidas y la Comisión adoptará el papel de auditor.
Por otro lado, se implementarán medidas medioambientales que respondan al compromiso de la UE de destinar al menos el 25% del presupuesto de todas sus políticas a la conservación del medio ambiente y la lucha contra el cambio climático.
En este sentido, el Plan Estratégico de la Agricultura en España para la PAC posterior a 2020 propone los pasos a seguir en nuestro país para adaptarnos a la PAC del futuro. Se introduce un cambio profundo, pues la PAC tras 2020 dejará de ser una política centrada en la descripción de los requisitos para solicitar las ayudas para ser una política basada en la consecución de objetivos. Los tres objetivos generales son:
- Fomentar un sector agrícola inteligente, resistente y diversificado para garantizar la seguridad alimentaria.
- Intensificar el cuidado del medio ambiente y la lucha contra el cambio climático.
- Fortalecer el tejido económico y social de las zonas rurales.
Si ya tienes listo tu borrador para la nueva PAC 2020, recuerda que del 1 de febrero al 30 de abril de 2020 estará abierto el plazo para presentar las solicitudes. Es un trámite sumamente importante, pero también complicado y tedioso. Por eso, si todavía no tienes listo tu borrador y quieres ahorrarte algo de tiempo en tu declaración de la PAC, Agroptima te lo pone fácil. Regístrate, pide información y te explicamos cómo obtener tu borrador. ¡Gratis!
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