Guía práctica sobre los cambios de la PAC 2015-2020
Al fin han salido los Decretos que detallan cómo serán las nuevas ayudas de la PAC para el período 2015-2020. A continuación te resumimos los cambios más sustanciales que te afectan de forma más directa como agricultor.
1 – Cambio de tus Derechos de Pago Único a Derechos de Pago Básico
A partir del 31 de diciembre de 2014 dejarás de tener Derechos de Pago Único para tener Derechos de Pago Básico. El valor de tu Derecho de Pago Básico será un porcentaje de los importes en ayudas que percibiste en el 2014, dividido por el número de derechos que te asignen.
El número de derechos que se te asignará será igual al número de hectáreas admisibles que estén a tu disposición para la campaña del 2015. Pero con una limitación: no se te asignarán más derechos que hectáreas admisibles declaraste en el 2013.
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Importante: tén en cuenta que el valor de tus Derechos de Pago Base tenderá a reducirse o aumentar en los próximos años al valor de referencia regional. España ha sido dividida en 50 regiones productivas, en función de las regiones en las que estén asignados tus derechos, su valor tenderá a igualarse cada año a la media regional.
Además de los derechos de pago básico existen otros pagos complementarios que podrías recibir. Sigue leyendo para saber cuáles son:
2 – El pago verde o Greening
Esta es una ayuda suplementaria para las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente. Si cumples con las condiciones establecidas en tus hectáreas admisibles vas a recibir un suplemento a tus Derechos de Pago Base, que será un porcentaje del valor de tus DPB (Derechos de Pago Base). Este porcentaje aún está por determinar, ya que depende del número de hectáreas declaradas a nivel nacional.
Las condiciones para recibir esta ayuda dependen de: :
- Diversificación de cultivos
- Mantenimiento de pastos permanentes existentes
- Contar con superficies de interés ecológico en tus explotaciones
El primer punto es el que tienes que tener más en cuenta, pues si tu explotación tiene más de 30 ha deberás tener al menos tres cultivos distintos.
Si eres productor con certificación ecológica tienes derecho a recibir esta ayuda automáticamente.
3 – Ayudas asociadas
Estas ayudas ya se venían dando de forma habitual en sectores productivos estratégicos o sectores a reforzar. Si tu sector ya recibía esta ayuda suplementaria tienes que tener en cuenta unas diferencias significativas.
Por ejemplo, en el caso del vacuno de cebo se va a recibir una ayuda por cabeza de ganado admisible que ya tuvieras en la explotación el año anterior a la solicitud de la ayuda. A continuación nombramos los sectores que se beneficiarán de las ayudas asociadas.
Si tu explotación se encuentra dentro de uno de estos sectores te recomendamos que te informes de los cambios que haya podido haber respeto los años anteriores.
- Cultivo del arroz
- Productos proteicos (destinados a alimentación animal)
- Frutos de cáscara y algarrobas
- Legumbres de calidad (solo las incluidas en IGP, DOP o con certificación ecológica).
- Denominaciones de calidad diferenciada
- Tomate para la industria
- Cultivo del algodón
- Remolacha azucarera
- Explotaciones que mantengan vacas nodrizas
- Explotaciones de vacuno de cebo
- Explotaciones de vacuno de leche
- Explotaciones de ovino
- Explotaciones de caprino
4 – Tienes menos de 40 años? Un pago extra
Si tienes menos de 40 años en el momento de tu primera solicitud de Derechos de Pago Básico, eres el responsable de tu explotación y tienes derecho a recibir las ayudas de Pago Básico, también puedes acogerte al Pago para Jóvenes agricultores. Recibirás un importe del 25 % del valor de tus Derechos de Pago Básico. Ten en cuenta que el número máximo de derechos que se te contabilizarán será de 90. Y si formas parte de una explotación con titularidad jurídica, los derechos que se tendrán en cuenta para este cálculo serán en proporción al porcentaje de tu participación en la persona jurídica.
5 – Eres pequeño? Régimen simplificado para pequeños agricultores
Si durante la campaña del 2015 las ayudas directas que te toquen a percibir no superan los 1.250 € te puedes acoger si quieres al régimen especial.
Si perteneces a este régimen especial vas a disfrutar de algunas ventajas, como que la solicitud única se limita a un documento para darte de alta en este régimen + una información mínima de cada parcela. Además este grupo queda exento del sistema de control y de los riesgos de sanciones por condicionalidad.
Si puedes acogerte a este grupto se te comunicará previamente, y podrás decidir si quieres pertenecer o no a este grupo.
6 – Seguir cumpliendo con la condicionalidad y las Buenas Prácticas Agrarias
Evidentemente, el cobro de tus ayudas de la PAC sigue estando condicionado al mantenimiento de las buenas condiciones agrarias y medioambientales de la tierra.
Como beneficiario de la PAC también tendrás que cumplir con los requisitos legales de medio ambiente, salud pública, zoosanidad, fitosanidad y bienestar animal.En este aspecto, no hay novedades significativas. Toda la condicionalidad viene marcada por las leyes existentes, ya sean estatales o autonómicas.
Sí que tienes que recordar que uno de los puntos de la Condicionalidad es el cumplimiento del Uso Sostenible de productos fitosanitarios, que ha entrado en vigor recientemente. Esto te exige llevar el Cuaderno de Explotación.
Puedes consultar cómo llevar el cuaderno de explotación de forma fácil y sencilla en este post de nuestro blog o bien probar gratis nuestro software de gestión que te permite llevar el cuaderno de forma muy simple.
Puedes consultar más información en:
Enlaces a los Reales Decretos publicados en el BOE
Real Decreto 1075/2014
Real Decreto 1076/2014
Real Decreto 1077/2014
Real Decreto 1078/2014
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