Cómo obtener el carnet para productos fitosanitarios
Para la obtención del carnet de productos fitosanitarios es preciso haber superado el curso correspondiente, y obtener el certificado correspondiente emitido por la entidad formadora autorizada.
El usuario cualificado podrá recibir dicho carnet a través de la entidad formadora, en los 30 siguientes a la celebración del curso.
Para la renovación del carnet, es preciso acreditar estar en posesión del mismo, con un mes de antelación a su caducidad. La convalidación de dicha autorización para el nivel cualificado se obtendrá por aquellos que acrediten poseer la titulación correspondiente.
En el caso de los duplicados, el interesado cualificado puede solicitar el correspondiente duplicado en aquellos casos de sustracción o pérdida del mismo.
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Contenidos
Solicitar el carnet de productos fitosanitarios
Nivel Básico
Aquel usuario no cualificado que realice el correspondiente curso, podrá obtener la autorización correspondiente, que se tipifica, en el nivel básico, para personal auxiliar de tratamientos terrestres y aéreos, incluyendo los no agrícolas, y los agricultores que realicen sus labores en su propia explotación sin emplear personalidad auxiliar, usando productos fitosanitarios que no generen gases tóxicos, muy tóxicos o nocivos.
Igualmente, se expedirán para el personal auxiliar que colabore en la distribución o manipulación de productos fitosanitarios.
Nivel Cualificado
Los usuarios profesionales responsables de los tratamientos terrestres, incluidos los no agrícolas, los agricultores que realicen tratamientos utilizando personal auxiliar, podrán obtener el nivel cualificado de la autorización.
Igualmente este certificado cualificado servirá para todo personal que intervenga de forma directa en la venta de productos fitosanitarios de uso profesional, capacitando para proporcionar la información adecuada sobre su uso, sus riesgos para la salud y el medio ambiente y las instrucciones para mitigar dichos riesgos.
Sin embargo, este nivel cualificado no capacita para la realización de tratamientos que requieran el nivel de fumigador o de piloto aplicador.
- La autorización en este nivel será válida para aplicadores que realicen tratamientos con productos fitosanitarios que sean gases clasificados como tóxicos, muy tóxicos, o mortales, o susceptibles de generar gases de esta naturaleza.
Para obtener el carné de fumigador será condición necesaria haber adquirido previamente la capacitación correspondiente a los niveles básico o cualificado. Piloto aplicador
Este nivel del carnet servirá para el personal que realice tratamientos fitosanitarios desde una nave o mediante ella, respetando la normativa en vigor sobre la regulación de la concesión de licencias en el ámbito de la navegación aérea.
Requisitos para la obtención del carnet
En todos los casos será necesario el formulario de solicitud, junto al pago de tasas por servicios administrativos, elaboración de informes y otro tipo de actuaciones de carácter administrativo.
En los casos de nuevas solicitudes, será necesario disponer del Certificado original o fotocopia compulsada de la entidad de formación autorizada acreditativo de la superación del curso de capacitación correspondiente.
Organismos competentes
Los órganos competentes para el control de la obtención del carnet de fitosanitarios cualificado son los que se considere por cada Comunidad Autónoma, por su Consejería de Agricultura y departamentos de medio ambiente, que se encargarán de designar y supervisar los organismos, instituciones o entidades encargadas de impartir las enseñanzas y otorgar los certificados necesarios para la obtención del carné de aplicador de productos fitosanitarios.
Una vez superado el curso, es la propia entidad autorizada que lo ha impartido la que se encarga de entregar los carnés a los alumnos cualificados.
Por otro lado, el Real Decreto 1311/2012 constituyó el Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitarios (ROPO), en el que se inscribirán las empresas o establecimientos de fabricación, almacenamiento, comercialización, distribución y venta de productos fitosanitarios, las empresas que presten servicios de aplicación de fitosanitarios, los usuarios profesionales y los asesores.
El ROPO va a sustituir al anterior Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas (ROESP).
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